domingo, 13 de noviembre de 2022

Los mecanismos de participación ciudadana en la Constitución Nacional (Texto exclusivo para 6 "E")

        En la Constitución Nacional, en la Provincial y en las Cartas Orgánicas Municipales están previstos mecanismos de participación ciudadana; estas instancias son opciones posibles para buscar soluciones a problemas sociales. ¿Cuáles son los mecanismos de participación ciudadana? La Constitución Nacional nos indica las instancias de participación de los ciudadanos que ella contempla. Éstas son instituciones de la democracia semidirecta en las cuales la participación no es en relación al voto para elegir representantes sino que permite una intervención más directa, especialmente desde el punto de vista legislativo. Los principales mecanismos están establecidos en el Capítulo segundo de nuestra Constitución Nacional (1994) titulado Nuevos derechos y garantías:

 La iniciativa popular

 Artículo 39-Los ciudadanos tienen el derecho de iniciativa para presentar proyectos de ley en la Cámara de Diputados. El Congreso deberá darles expreso tratamiento dentro del término de doce meses. El Congreso, con el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara, sancionará una ley reglamentaria que no podrá exigir más del tres por ciento del padrón electoral nacional, dentro del cual deberá contemplar una adecuada distribución territorial para suscribir la iniciativa. No serán objeto de iniciativa popular los proyectos referidos a reforma constitucional, tratados internacionales, tributos, presupuesto y materia penal.”

 La consulta popular

 Artículo 40-El Congreso, a iniciativa de la Cámara de Diputados, podrá someter a consulta popular un proyecto de ley. La ley de convocatoria no podrá ser vetada. El voto afirmativo del proyecto por el pueblo de la Nación lo convertirá en ley y su promulgación será automática. El Congreso o el Presidente de la Nación, dentro de sus respectivas competencias, podrán convocar a consulta popular no vinculante. En este caso el voto no será obligatorio. El Congreso, con el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara, reglamentará las materias, procedimientos y oportunidad de la consulta popular.”

    Además de estos mecanismos de participación ciudadana, la Constitución Nacional contempla otros, como por ejemplo:

     En el Artículo Nº 43:-Recurso de Amparo. -Hábeas Data. -Hábeas Corpus. 

     En los Artículos Nº 43 y 86:-El Defensor del Pueblo.

    Repasemos los conceptos de Iniciativa Popular y de Consulta Popular. 

Aclaremos... 

    En la Iniciativa popular son Los ciudadanos los que presentan un proyecto de ley al Estado.

    En la Consulta popular es El Estado el que presenta un proyecto de ley a los ciudadanos.

 En síntesis, ¿qué son los Mecanismos de participación ciudadana? 

    Son procedimientos que están en nuestra Constitución, lo que implica que fueron incluidos en ella porque es una manera privilegiada de ponerlos al alcance de los ciudadanos; porque es un modo de asegurar a todos la posibilidad de su uso, o sea de hacer escuchar su voz, porque es un medio por el cual participamos de la democracia de manera más directa.

-  Elaborado a partir del En el nombre del agua. Cuaderno de trabajo. [PDF] Disponible de manera completa en: http://www.igualdadycalidadcba.gov.ar/SIPEC-CBA///publicaciones/PNFP/Eje2/Oralidad/2017/Secundaria/AbrJun/Foco_CsSyH/3-Propuesta_Ciudadania.pdf

2. Responde de manera escrita: 

a) ¿Cuál es el objetivo de la Iniciativa popular?

b) ¿Cuál es el objetivo de la Consulta popular?

c) Según tu experiencia: 

En su hogar, en la calle, en la despensa, en el kiosco, en la escuela, en las redes sociales: ¿la gente opina sobre lo que le preocupa?

dCuando las personas quieren reclamar algo: ¿qué hacen habitualmente? 

e) Según tu experiencia: ¿Dónde aprendiste como ciudadano los mecanismos de participación?

NOTA: Dejo un enlace a la Constitución de la Nación Argentina en línea

👉 CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA

domingo, 6 de noviembre de 2022

Las garantías constitucionales (TEXTO EXCLUSIVO PARA 6° "E")

 

    El Estado argentino se constituye como un Estado de derecho. Estamos en condiciones de comenzar a estudiar las Garantías constitucionales. Te propongo que leas el siguiente texto:

¿Qué son las garantías constitucionales?

Son los mecanismos que la Constitución da a todos los habitantes para proteger sus derechos. Entre las garantías constitucionales, podemos mencionar:

Nadie puede ser arrestado sin orden escrita de la autoridad correspondiente.

Debe respetarse siempre la defensa en juicio.

El domicilio y la correspondencia son inviolables y nadie puede revisarlos sin orden de un juez.

El hábeas corpus: protege la libertad de las personas cuando está amenazada de forma ilegal por una autoridad.

El hábeas data: protege los datos personales cuando son usados sin el consentimiento de la persona.

La acción de amparo: protege los derechos de las personas cuando es urgente tener una decisión

judicial que termine con un acto ilegal.

- Argentina.gob.ar (s.f) ¿Qué son las garantías constitucionales. Disponibleen:https://www.argentina.gob.ar/justicia/derechofacil/leysimple/constitucion-nacional#titulo-4

Actividades:

1. Leer con atención la información que brinda el texto.

2. Responde de manera escrita a partir de lo que leíste:

A) ¿En qué texto se encuentran escritas las Garantías constitucionales?

B) ¿Te parece importante que existan garantías que protejan nuestros derechos como ciudadanos de un Estado? Sí, no ¿Por qué?

martes, 27 de septiembre de 2022

Estado absoluto/ Estado liberal


    ¡Hola! Continuamos nuestro estudio del Estado y en particular del Estado argentino. Como ya volvimos a considerar y estudiamos en el primer trimestre hay una diferencia importante entre lo que es un Estado y lo que es una Nación.

         Lo que se denomina Estado- nación es una forma de organización que se originó en Europa y que en nuestro continente se configura a partir de diversos factores que comienzan con el proceso histórico que se denomina Conquista y colonización de América.

         Nuestro Estado se organizó y determinó un territorio donde ya vivían diferentes naciones a las que se denomina "naciones preexistentes".  Y éso planteo otra problemática que analizaremos posteriormente. 

         Es necesario tener en claro dos tipos de Estado que marcaron una fuerte impronta, tener en claro qué suponen cada uno nos beneficiará en nuestro estudio del Estado de derecho y sus implicancias.

Actividades:

1. Leer el siguiente texto:  


El Estado absoluto.                                                          Homo homini lupus[1]
 
La condición del hombre es la de guerra de todos contra todos, 
en la cual cada uno está gobernado por su propia razón, 
no existiendo nada de lo que pueda  hacer uso que no le sirva de instrumento 
para proteger su vida contra sus enemigos. 
De aquí se sigue que, en semejante condición, cada hombre tiene derecho 
a hacer cualquier cosa, incluso en el cuerpo de los demás. 
Y por consiguiente, mientras persiste ese derecho natural 
de cada uno con respecto a todas las cosas, no puede haber seguridad para nadie... 
El único camino es erigir un poder común capaz de defenderlos (...) 
es conferir todo su poder y fortaleza a un hombre (...) (el rey)                                                                                                   
        En el Leviatán, Hobbes, justifica el absolutismo como política ideal contra los males de la sociedad y el Estado es presentado como el instrumento que remedia el estado de naturaleza en el que el hombre se ve envuelto en una situación de guerra de todos contra todos, donde no hay lugar para la paz y la armonía. Hobbes parte de la idea que el hombre, para subsanar una situación caótica y salvaje, establece leyes para la paz y el orden mediante un pacto o contrato social, en el que el poder se otorga a un solo hombre o a una asamblea de hombres, el Estado o Leviatán, que aúna todos los poderes individuales y es soberano absoluto. El estado, por tanto, pese a ser artificial y contrario a la naturaleza humana, es considerado un mal menor, y garantiza la supervivencia y la paz entre los hombres a costa de perder autonomía y libertad individual
Aquí no se intentará definir el término liberalismo. Sin embargo, en aras de dejar sentado a qué se aludirá cuando se hable de teoría política liberal, es necesario señalar que ésta se asocia inmediatamente con una concepción limitada del poder del Estado, por una parte, y con un entendimiento del hombre como fundamento y razón de ser de éste, por la otra. Así, el liberalismo –al menos en su versión política moderna, esto es, aquella que se sostuvo entre los siglos XVII y XVIII– se puede caracterizar con los siguientes elementos: Estado artificial, derechos naturales inviolables –básicamente el derecho a la vida, a la libertad y a la propiedad–, constitucionalismo, legalidad y legitimidad.[2]
La concepción artificial o contractual del Estado alude a que éste no debe ser entendido como el resultado de una pacífica evolución histórica, sino como el producto del arte: «gracias al arte se crea ese gran Leviatán que llamamos república o Estado (en latín civitas) que no es sino un hombre artificial, aunque de mayor estatura y robustez que el natural para cuya protección y defensa fue instituido».[3] De lo anterior se pueden desprender otros dos elementos del Estado liberal: la legitimidad y los derechos naturales. El Estado es legítimo, ya que al ser un producto del arte, se entiende que en su origen se encuentra la voluntad del hombre. «Y en la política liberal la esencia de la legitimidad no es la tradición sino el consentimiento».[4] Ahora bien, si el autor del Estado es el hombre y no la naturaleza o la divinidad, la misión del Estado será la de proteger a su creador. Con lo que se entiende que éste es titular de ciertos derechos que son anteriores a la existencia del Estado. Los restantes elementos de legalidad y constitucionalismo pueden ser vistos como una garantía de que el Estado cumpla con la labor por la cual fue instituido. Así, la exigencia de que el poder sea ejercido en el marco de la legalidad, junto con el sentido propio del constitucionalismo[5],  debe excluir tanto el ejercicio del poder arbitrario, como el ejercicio arbitrario del poder legal[6].
Aunque todos los elementos anteriores, excepto el de constitucionalismo, se encuentren presentes en Leviatán, y a pesar de que allí tengan su origen algunos de ellos, la raíz de la teoría política liberal no está ubicada en la teoría de Hobbes, sino en la de Locke. Y esto debido a que el liberalismo político, independientemente de que se le atribuya un sentido positivo, neutral o negativo, se identifica necesariamente con la limitación del poder estatal. En el sistema desarrollado por Hobbes, el Estado carece de límites de cualquier índole, por lo que no existe garantía alguna de que cumpla con su misión de protección del hombre, convirtiéndose así en un verdadero monstruo político. Lo paradójico es que Hobbes asume como punto de partida para la construcción de un Estado absoluto el método del contractualismo, el cual, por su mismo sentido –sentido histórico–, debería conllevar a la limitación del poder estatal.
- Juan David Ramírez Echeverri. Thomas Hobbes y el Estado absoluto: del Estado de razón al Estado de terror. Universidad de Antioquia, Facultad de Derecho y Ciencias Políticas Edición: 2010. pp. 13- 14

El Estado Liberal.
El Estado Liberal o Estado de Derecho hace referencia a un conjunto de elementos que configuran un orden jurídico-político en el cual, con el fin de garantizar los derechos de los ciudadanos, se somete la actuación de los poderes públicos y de los ciudadanos a la Constitución y a la ley; se dividen las funciones del Estado y se las encomienda a poderes separados, y por último, se reconocen expresamente unos derechos y libertades de los ciudadanos con plenas garantías jurídicas.
El Estado Liberal nació como reacción al poder absoluto del príncipe, para dar respuesta al interrogante Quis custodiet ipsos custodes?”[7] El concepto jurídico-político que sirve como antecedente inmediato del Estado Liberal es el de Estado Patrimonial o Estado del Poder Absoluto que se consolida durante la Edad Moderna en Europa Occidental (la sustantivación “absolutismo” aparece recién en el siglo XVIII como consecuencia de la evolución del constitucionalismo).
La preocupación mayor del constitucionalismo liberal, entre los siglos XVII y XVIII, fue limitar la arbitrariedad de ese poder y someterlo al Derecho. El Estado Liberal es un Estado Constitucional en el sentido garantista del término, protector de los ciudadanos frente a los abusos del poder. Ese fue el objetivo de los padres fundadores del liberalismo, desde Locke a Madison y Hamilton, autores de los “Federalist Papers” y desde Montesquieu a Benjamín Constant. Las ideas de Derecho y Estado están estrechamente ligadas y sintetizan el proceso de estatalización del Derecho y juridificación del Estado que acompaña la formación del Estado moderno.
La noción de libertad, entendida como libertad individual respecto del Estado, encuentra su punto de partida en el célebre discurso de Benjamín Constant sobre “La Libertad de los antiguos comparada con la de los modernos”. Se trata de la libertad de la que son manifestaciones concretas las libertades civiles y la libertad política (no necesariamente extendida a todos los ciudadanos). Los súbditos se transforman en ciudadanos provistos de derechos y de voz en una organización política basada en la separación de funciones de los órganos de poder y en el ejercicio de la autoridad sobre las personas conforme a disposiciones conocidas y no retroactivas. El parlamentarismo y los partidos de masa son elementos constitutivos del Estado Liberal que se construyó en Occidente en el siglo XIX. Estado mínimo en su dimensión, y por consiguiente, un Estado que “hace poco”, no distribuye bienes, no se preocupa por el bienestar de los ciudadanos, la normativa referida a su organización, ejercicio y límites de su poder, deja sin respuesta al problema del abuso de la libertad por parte de los particulares y, en consecuencia, plantea el problema de las desigualdades económicas que se producen al instituir la igualdad formal ante la ley. La cuestión de fondo que recogió el constitucionalismo social fue cómo imponer en Derecho la acción del poder estatal, estando excluidas las intervenciones directas sobre la propiedad y la economía.

-        Liliana DE RIZ. Formas de Estado. Fragmentos


[1] Podría interpretarse como: “El hombre es un lobo para el hombre”
[2]    Para Merquior, los elementos centrales del liberalismo son: la libertad civil –la cual es entendida por el autor en términos individualistas como el libre disfrute de derechos adquiridos –, el Estado constitucional y la economía clásica desarrollada por Adam Smith. En este sentido, los referentes teóricos del liberalismo se encuentran en las teorías de Locke y Montesquieu: «El pensamiento protoliberal era una mezcla del contractualismo lockeano con el constitucionalismo de Montesquieu». MERQUIOR, José Guilherme. Liberalismo viejo y nuevo. 1997, p. 39.
[3] HOBBES, Thomas. Leviatán: o la materia, forma y poder de una república eclesiástica y civil. 2004, p. 3.
[4] MERQUIOR, José Guilherme. Ob. cit., p. 41
[5] En el artículo 16 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 se encuentra una buena noción de lo que significa una Constitución: «Toda sociedad en la que la garantía de los derechos no esté asegurada, ni la separación de poderes establecida, no tiene Constitución».
[6] MERQUIOR, José Guilherme. Op. cit., p. 42. 
[7] Podría interpretarse como: ¿quién vigilará a los propios vigilantes?
  
        2. Escribe un texto breve que permita determinar la diferencia fundamental entre el Estado absoluto y el Estado liberal.   
 
Webgrafía consultada y citada:  
 
- Ágora. (28 de septiembre de 2022). Estado absoluto/ Estado liberal [Mensaje en un blog]. Formación Ética y Ciudadana. 6° A y E del Colegio N° 1 "D. F. Sarmiento" de Paraná.https://www.blogger.com/blog/post/edit/1348374669581542994/4351892882966608773 

martes, 2 de agosto de 2022

Organización del Estado argentino (recordando)

     Seguimos nuestro recorrido analizando y discutiendo la figura del Estado. 

     En un primer momento pensamos las organizaciones humanas (recordemos la carta de Simone Weil), luego analizamos en diferentes obras literarias los alcances que puede llegar a tener un Estado y escribimos un breve ensayo personal.

     Después, analizamos y escribimos qué es el proceso de constitucionalización.

      Para continuar nuestro estudio de la Formación Ética y Ciudadana es necesario continuar recuperando conceptos que puede que no tengamos en claro.
El objetivo es conocer qué implica ser ciudadanos en el Estado (como se organizó hasta la actualidad) para pensar y pensarnos críticamente. Hicimos el siguiente recorrido:

 1- Organizaciones humanas. 2- El bien común. 3- Diferencia entre la Nación y el Estado, los Estados nacionales.4- El proceso de constitucionalización.

Ahora repasemos brevemente la estructura del Estado argentino.

Observen el siguiente video:

Organización del Estado

Actividad:
1- Escribir en la carpeta personal un texto que recupere cada uno de los puntos esenciales que informa el video.

Webgrafía consultada y citada:

- Educación Adventista en Sudamérica (10 de junio de 2020)Organización del Estado +6 Ciencias Sociales [Archivo de Vídeo]. Youtube.https://www.youtube.com/watch?v=1LMthEFq5gA

miércoles, 27 de abril de 2022

Estado y literatura: una oportunidad para seguir pensándonos

 ¡Continuamos!


      Estuvimos pensando a partir de la clase anterior en el fin del Estado: el Bien común. Nosotros actualmente vivimos en el Estado Moderno (que se encuentra en crisis).

Recordemos el fin del Estado Moderno:

Objetivamente, consiste en obtener el bien común (status jurídico para vivir en paz y con los bienes materiales suficientes para satisfacer las necesidades) de la sociedad que lo integra. Esta actividad nunca debe darse por concluida.
Subjetivamente, teniendo en cuenta que el bien común es la máxima aspiración, no tiene el mismo significado en todas las épocas ni las sociedades. Es cambiante como las necesidades de la comunidad.
Derecho Público (Cátedra: Geirola - 2015)  |  UNTREF. El estado y sus Elementos. Elaborado a partir de:https://www.altillo.com/examenes/untref/derechopublico/derepubl_res1p_2015.asp

Les propongo que vean el siguiente video: Paralelo: Utopía, Un Mundo Feliz, 1984, Fahrenheit 451

Actividad: 

Elijan uno de los siguientes libros para leer (puede que ya hayan leído alguno). Los pueden descargar desde los enlaces: 

Tomás Moro: UTOPÍA
Aldous Huxley: UN MUNDO FELIZ
George Orwell: 1984
Ray Bradbury:FAHRENHEIT 451

A partir de la lectura que realicen escriban un breve texto que establezca el lugar que termina por ocupar el Estado y sus consecuencias. Concluyan el escrito con una valoración personal de la obra.

Nota: En las clases presenciales tienen que tener la obra escogida para ir leyéndola y ampliando información sobre las mismas a partir de lo que vayamos estudiando.
 
 
ANEXO:
 
Una de las obras propuestas es 1984 de G. Orwell. El siguiente enlace los dirige a una canción compuesta por Muse, inspirada en esa obra de Orwell. En la edición del video se utilizaron partes de la película 1984 de M. Radford, película que se rodó y estrenó en 1984:
 

miércoles, 6 de abril de 2022

El Estado y sus elementos

    Comenzamos este año leyendo y pensando a partir de la carta que Simone Weil escribió a una de sus estudiantes desde una fábrica. De esta manera iniciamos este espacio de Formación ética y ciudadana pensando en nosotros mismos y las relaciones sociales que establecemos, y en las múltiples posibilidades de organización que como seres humanos podemos lograr. 

    Continuamos, ahora, abordando el concepto de CIUDADANÍA y para esto es bueno recordar los siguientes puntos: 

- Somos seres sociales, juega un rol decisivo en la organización de una sociedad humana lo individual y lo común.
- Dependiendo de cómo pensemos a los seres humanos terminaremos por aceptar que una forma de organización social es mejor, o menos mala que otra.
    Comenzamos a repasar aspectos fundamentales de la FEYC: en primer lugar la diferencia que existe entre un Estado y una Nación, para luego estudiar el fenómeno de los Estados- nación, surgidos con el auge del liberalismo y de la filosofía moderna.
    Diferencias entre Nación y Estado
    Leemos el siguiente cuadro sinóptico y pensamos junto con toda la clase las diferencias que propone:

Texto I: Estado y Nación

La Nación es un conjunto de seres humanos que están unidos por una misma cultura, lengua, raza, religión, reconocen un mismo origen y persiguen un mismo destino.
Vale aclarar que este conglomerado no hace falta sea ciento por ciento homogéneo. Lo importante es que exista la voluntad de formar parte de un todo y de compartir un destino.
Cuando la Nación se organiza política y jurídicamente se convierte en Estado. Es decir, la población que habita un territorio por una necesidad se organiza designando autoridades (gobernantes) a las que dota de poder para que elabore las normas de convivencia social (derecho).
El Estado entonces, es la suma organizada de todos sus elementos: población, territorio, poder, gobierno y derecho. Es una comunidad organizada que tiene como soporte sociológico a la Nación.
Población: conjunto de habitantes que existen en un determinado territorio. Es necesario diferenciar POBLACIÓN (que incluye a todos los habitantes) de PUEBLO (que es la parte de la población que tiene derechos políticos en sentido estricto o limitado – capacidades electorales).
La necesidad de poblar fue concebida desde antes de la sanción de la CN. En la misma constitución podemos verlo en el Preámbulo (“para todos los hombres…”), los artículos 25, 75 inc 18 y 125 que hablan de fomentar la inmigración.
Territorio: es el lugar geográfico donde habita una población determinada. Es el soporte físico de la Nación y el Estado. Delimita el ámbito espacial dentro del cual se ejerce el poder del Estado. Abarca: suelo, subsuelo, espacio aéreo, plataforma submarina, aguas jurisdiccionales e interiores.
Gobierno: órganos que por las facultades conferidas por los ciudadanos conducen el destino del país.
Poder: Nos sugiere energía, facultad, aptitud, capacidad del cual se los dota a los gobernantes cuando se organiza la Nación. El poder es capacidad de mando, y ésta es ejercida por quienes gobiernan. Hay que tener en cuenta que existe un único e indivisible poder, y lo que se divide son las funciones de gobierno y los órganos que cumplen con ellas.
Ligado al concepto de poder está el de soberanía, que es una cualidad que tiene el poder que le permite no reconocer otro por sobre él.
Derecho: es el conjunto de normas que rigen las relaciones de los hombres en la sociedad. Se lo puede considerar desde 2 puntos de vista:
- Derecho objetivo: normas que sirven para regular la relación entre los hombres de una sociedad y para ordenar el funcionamiento de los órganos de gobierno. Se caracteriza por ser coactivo, es decir que se puede utilizar la fuerza pública en caso que sea necesario.
- Derecho subjetivo: facultades que cada hombre tiene asignadas por las normas del derecho objetivo.
Finalidad del Estado
Objetivamente, consiste en obtener el bien común (status jurídico para vivir en paz y con los bienes materiales suficientes para satisfacer las necesidades) de la sociedad que lo integra. Esta actividad nunca debe darse por concluida.
Subjetivamente, teniendo en cuenta que el bien común es la máxima aspiración, no tiene el mismo significado en todas las épocas ni las sociedades. Es cambiante como las necesidades de la comunidad.
Derecho Público (Cátedra: Geirola - 2015) | UNTREF. El estado y sus Elementos. Elaborado a partir de:https://www.altillo.com/examenes/untref/derechopublico/derepubl_res1p_2015.asp
Actividades:
1- Lee el texto de manera crítica.
2- Diferencia Estado de Nación (Escríbelo en la carpeta personal).
3- Escriba el nombre de los 5 elementos del Estado. (Solamente el nombre de cada elemento).
4- ¿En qué elemento del Estado te encuentras ubicado? ¿Por qué? Escriba tu respuesta.
5- El texto informa sobre el fin que persigue el Estado, es decir, su razón de ser. Según tu experiencia como parte de un Estado: ¿Se cumple ese fin? Escriba su respuesta.

miércoles, 9 de marzo de 2022

Bienvenidos al Ciclo Lectivo 2022

      Vamos a comenzar nuestro estudio del presente año con el texto de una carta de la filósofa Simone Weil a una de sus estudiantes. La carta la escribe Weil cuando comienza a trabajar en una fábrica:

                       En la fotografía la séptima obrera de la izquierda es S. Weil

    Éste es el “contacto con la vida real” del cual te había hablado. Lo conseguí gracias a un favor; uno de mis mejores compañeros conoce al administrador – delegado de la Compañía, le explicó mi deseo y el otro comprendió, lo cual denota una amplitud de espíritu realmente excepcional en esa clase de gente. En estos tiempos es casi imposible entrar en una fábrica sin certificado de trabajo, sobre todo cuando si se es, como yo, lenta, torpe y poco robusta.
    Quiero decirte enseguida –por si acaso quisieras orientar tu vida hacia un rumbo semejante- que, aunque mi felicidad- por haber llegado a trabajar en una fábrica- es muy grande, no lo es menos por el hecho de no estar encadenada a este trabajo. Simplemente, he tomado un año de vacaciones “por estudios personales”. Un hombre, si es muy listo, muy inteligente y muy robusto, puede racionalmente esperar, dado el estado actual de la industria francesa, llegar en la fábrica a un puesto en el cual le sea permitido trabajar de una manera interesante y humana; pero incluso estas posibilidades disminuyen cada día con el progreso de la racionalización. Las mujeres están confinadas en un trabajo absolutamente maquinal, que no exige otra cosa que rapidez. Cuando digo maquinal no imagines que puedes soñar en otra cosa cuando lo haces, ni mucho menos reflexionar. No, lo realmente trágico de esta situación es que el trabajo es demasiado maquinal para ofrecer material al pensamiento, y que además de ello prohíbe también cualquier tipo de pensamiento. Pensar equivale a ir menos de prisa; y hay normas de velocidad establecidas por burócratas despiadados, que hay que seguir para no ser despedido y para ganar lo suficiente (el salario es a tanto por pieza). Yo no puedo todavía con ellas, por muchas razones: la falta de hábito, mi poca habilidad natural, que es considerablemente pequeña; una cierta lentitud, también natural, en los movimientos; el dolor de cabeza y una cierta manía de pensar, de la cual no consigo desprenderme. En cuanto a las horas de descanso, teóricamente existen en grado suficiente con la jornada de 8 horas, pero prácticamente quedan absorbidas por un cansancio, que a menudo llega hasta el embrutecimiento. Si quieres completar el cuadro, añádele que se vive en la fábrica en una atmósfera de subordinación total, perpetua y humillante, siempre a las órdenes de los jefes. Claro que todo esto te hace sufrir más o menos según el carácter, la fuerza física, etc. Habría que precisar más, pero a grandes rasgos es así.
    Todo esto no impide que –aun cuando sufra- sea mucho más feliz de estar donde estoy de lo que pueda decirte. Lo he deseado desde no sé cuántos años, y no lamento el no haber llegado hasta ahora, porque sólo ahora soy capaz de sacar todo el provecho que esta experiencia supone para mí. Sobre todo, porque experimento la sensación de haber salido de un mundo de abstracciones y de encontrarme entre los hombres reales: buenos o malos, pero de una bondad o de una maldad verdaderas. La bondad sobre todo, en una fábrica, es una cosa real cuando existe; el mínimo acto de benevolencia, desde la simple sonrisa hasta el servicio prestado, exige vencer la fatiga, la obsesión del salario, todo lo que agobia e incita a replegarse sobre sí mismo. El pensar mismo pide un esfuerzo casi milagroso para elevarse por encima de las condiciones en que se vive. Ahí no ocurre como en la universidad, donde a uno le pagan por pensar o por lo menos por hacer algo semejante; ahí la tendencia es más bien a pagar por no pensar; luego, cuando se percibe un destello de inteligencia, se está seguro de no equivocarse. Fuera de esto, las máquinas en sí mismas me atraen y me interesan vivamente. Y confieso que estoy en una fábrica para informarme sobre cierto número de cuestiones muy precisas, que me preocupan y que no puedo enumerar.

- Weil, S. Carta a una alumna (1934)

 Actividades:

 1. Leemos la carta de manera conjunta para poder comentarla, discutirla y responder a las siguientes preguntas de manera individual en la carpeta de clase (las preguntas y sus respectivas respuestas tienen que estar escritas en dicha carpeta):

A) ¿Qué es lo que más te llamó la atención de lo que leíste en la carta? ¿Por qué? 

B) ¿Qué relación tiene esta carta con nuestra realidad como parte de una institución educativa? ¿O no tiene ninguna relación? Justifica tu respuesta.