¡Hola!
Continuamos nuestro estudio del Estado y en particular del Estado
argentino. Como ya volvimos a considerar y estudiamos en el primer trimestre hay una diferencia importante entre lo que es
un Estado y lo que es una Nación.
Lo que se denomina Estado- nación es una forma de organización que se
originó en Europa y que en nuestro continente se configura a partir de
diversos factores que comienzan con el proceso histórico que se denomina
Conquista y colonización de América.
Nuestro Estado se organizó y determinó un territorio donde ya vivían diferentes naciones a las que se denomina "naciones preexistentes". Y éso planteo otra problemática que analizaremos posteriormente.
Es necesario tener en claro dos tipos de Estado que marcaron una fuerte impronta, tener en claro qué suponen cada uno nos beneficiará en nuestro estudio del Estado de derecho y sus implicancias.
Actividades:
1. Leer el siguiente texto:
La condición del hombre es la de
guerra de todos contra todos,
en la cual cada uno está gobernado por su propia
razón,
no existiendo nada de lo que pueda hacer uso que no le sirva de
instrumento
para proteger su vida contra sus enemigos.
De aquí se sigue que, en
semejante condición, cada hombre tiene derecho
a hacer cualquier cosa, incluso
en el cuerpo de los demás.
Y por consiguiente, mientras persiste ese derecho
natural
de cada uno con respecto a todas las cosas, no puede haber seguridad
para nadie...
El único camino es erigir un poder común capaz de defenderlos
(...)
es conferir todo su poder y fortaleza a un hombre
(...) (el rey)
En el Leviatán, Hobbes, justifica el absolutismo como política ideal contra los males de la
sociedad y el Estado es presentado como el instrumento que remedia el estado de
naturaleza en el que el hombre se ve envuelto en una situación de guerra de
todos contra todos, donde no hay lugar para la paz y la armonía. Hobbes parte
de la idea que el hombre, para subsanar una situación caótica y salvaje,
establece leyes para la paz y el orden mediante un pacto o contrato social, en
el que el poder se otorga a un solo hombre o a una asamblea de hombres, el
Estado o Leviatán, que aúna todos los poderes individuales y es soberano
absoluto. El estado, por tanto, pese a ser artificial y contrario a la
naturaleza humana, es considerado un mal menor, y garantiza la supervivencia y
la paz entre los hombres a costa de perder autonomía y libertad individual
Aquí no se
intentará definir el término liberalismo. Sin embargo, en aras de dejar sentado
a qué se aludirá cuando se hable de teoría política liberal, es necesario
señalar que ésta se asocia inmediatamente con una concepción limitada del poder
del Estado, por una parte, y con un entendimiento del hombre como fundamento y
razón de ser de éste, por la otra. Así, el liberalismo –al menos en su versión
política moderna, esto es, aquella que se sostuvo entre los siglos XVII y
XVIII– se puede caracterizar con los siguientes elementos: Estado artificial,
derechos naturales inviolables –básicamente el derecho a la vida, a la libertad
y a la propiedad–, constitucionalismo, legalidad y legitimidad.[2]
La concepción
artificial o contractual del Estado alude a que éste no debe ser entendido como
el resultado de una pacífica evolución histórica, sino como el producto del
arte: «gracias al arte se crea ese gran Leviatán que llamamos república o
Estado (en latín civitas) que no es sino un hombre artificial, aunque de mayor
estatura y robustez que el natural para cuya protección y defensa fue instituido».[3] De
lo anterior se pueden desprender otros dos elementos del Estado liberal: la
legitimidad y los derechos naturales. El Estado es legítimo, ya que al ser un
producto del arte, se entiende que en su origen se encuentra la voluntad del
hombre. «Y en la política liberal la esencia de la legitimidad no es la
tradición sino el consentimiento».[4]
Ahora bien, si el autor del Estado es el hombre y no la naturaleza o la
divinidad, la misión del Estado será la de proteger a su creador. Con lo que se
entiende que éste es titular de ciertos derechos que son anteriores a la
existencia del Estado. Los restantes elementos de legalidad y
constitucionalismo pueden ser vistos como una garantía de que el Estado cumpla
con la labor por la cual fue instituido. Así, la exigencia de que el poder sea
ejercido en el marco de la legalidad, junto con el sentido propio del
constitucionalismo[5], debe excluir tanto el ejercicio del poder
arbitrario, como el ejercicio arbitrario del poder legal[6].
Aunque todos los
elementos anteriores, excepto el de constitucionalismo, se encuentren presentes
en Leviatán, y a pesar de que allí tengan su origen algunos de ellos, la raíz
de la teoría política liberal no está ubicada en la teoría de Hobbes, sino en
la de Locke. Y esto debido a que el liberalismo político, independientemente de
que se le atribuya un sentido positivo, neutral o negativo, se identifica
necesariamente con la limitación del poder estatal. En el sistema desarrollado
por Hobbes, el Estado carece de límites de cualquier índole, por lo que no
existe garantía alguna de que cumpla con su misión de protección del hombre,
convirtiéndose así en un verdadero monstruo político. Lo paradójico es que
Hobbes asume como punto de partida para la construcción de un Estado absoluto
el método del contractualismo, el cual, por su mismo sentido –sentido
histórico–, debería conllevar a la limitación del poder estatal.
- Juan David Ramírez Echeverri. Thomas Hobbes y el Estado absoluto: del
Estado de razón al Estado de terror. Universidad de Antioquia, Facultad de
Derecho y Ciencias Políticas Edición: 2010. pp. 13- 14
El Estado Liberal.
El Estado Liberal o Estado de Derecho hace referencia a
un conjunto de elementos que configuran un orden jurídico-político en el cual,
con el fin de garantizar los derechos de los ciudadanos, se somete la actuación
de los poderes públicos y de los ciudadanos a la Constitución y a la ley; se
dividen las funciones del Estado y se las encomienda a poderes separados, y por
último, se reconocen expresamente unos derechos y libertades de los ciudadanos
con plenas garantías jurídicas.
El Estado Liberal nació como reacción al poder absoluto
del príncipe, para dar respuesta al interrogante “Quis custodiet ipsos custodes?”[7] El concepto jurídico-político que
sirve como antecedente inmediato del Estado Liberal es el de Estado Patrimonial
o Estado del Poder Absoluto que se consolida durante la Edad Moderna en Europa
Occidental (la sustantivación “absolutismo” aparece recién en el siglo XVIII
como consecuencia de la evolución del constitucionalismo).
La preocupación mayor del constitucionalismo liberal, entre los siglos
XVII y XVIII, fue limitar la arbitrariedad de ese poder y someterlo
al Derecho. El Estado Liberal es un Estado Constitucional en el sentido
garantista del término, protector de los ciudadanos frente a los abusos
del poder. Ese fue el objetivo de los padres fundadores del
liberalismo, desde Locke a Madison y Hamilton, autores de los “Federalist
Papers” y desde Montesquieu a Benjamín Constant. Las ideas de Derecho y Estado
están estrechamente ligadas y sintetizan el proceso de estatalización del
Derecho y juridificación del Estado que acompaña la formación del Estado
moderno.
La noción de libertad, entendida como libertad individual respecto del
Estado, encuentra su punto de partida en el célebre discurso de Benjamín
Constant sobre “La Libertad de los antiguos comparada con la de los modernos”.
Se trata de la libertad de la que son manifestaciones concretas las libertades
civiles y la libertad política (no necesariamente extendida a todos los
ciudadanos). Los súbditos se transforman en ciudadanos provistos de derechos y
de voz en una organización política basada en la separación de funciones de los
órganos de poder y en el ejercicio de la autoridad sobre las
personas conforme a disposiciones conocidas y no retroactivas. El
parlamentarismo y los partidos de masa son elementos constitutivos del Estado
Liberal que se construyó en Occidente en el siglo XIX. Estado mínimo en su
dimensión, y por consiguiente, un Estado que “hace poco”, no distribuye bienes,
no se preocupa por el bienestar de los ciudadanos, la normativa referida a su
organización, ejercicio y límites de su poder, deja sin respuesta
al problema del abuso de la libertad por parte de los particulares y, en
consecuencia, plantea el problema de las desigualdades económicas que se
producen al instituir la igualdad formal ante la ley. La cuestión de fondo que
recogió el constitucionalismo social fue cómo imponer en Derecho la acción
del poder estatal, estando excluidas las intervenciones directas
sobre la propiedad y la economía.
-
Liliana DE RIZ. Formas de Estado. Fragmentos.
[1] Podría interpretarse como: “El hombre es un lobo para el hombre”
[2] Para Merquior, los elementos centrales del liberalismo
son: la libertad civil –la cual es entendida por el autor en términos
individualistas como el libre disfrute de derechos adquiridos –, el Estado
constitucional y la economía clásica desarrollada por Adam Smith. En este
sentido, los referentes teóricos del liberalismo se encuentran en las teorías
de Locke y Montesquieu: «El pensamiento protoliberal era una mezcla del
contractualismo lockeano con el constitucionalismo de Montesquieu». MERQUIOR,
José Guilherme. Liberalismo viejo y nuevo. 1997, p. 39.
[3] HOBBES, Thomas. Leviatán: o la materia, forma y poder
de una república eclesiástica y civil. 2004, p. 3.
[4] MERQUIOR, José Guilherme. Ob. cit., p. 41
[5] En el artículo 16 de la Declaración de los Derechos
del Hombre y del Ciudadano de 1789 se encuentra una buena noción de lo que
significa una Constitución: «Toda sociedad en la que la garantía de los
derechos no esté asegurada, ni la separación de poderes establecida, no tiene
Constitución».
[6] MERQUIOR, José Guilherme. Op. cit., p. 42.
[7] Podría interpretarse como: ¿quién vigilará a los
propios vigilantes?
2. Escribe un texto breve que permita determinar la diferencia fundamental entre el Estado absoluto y el Estado liberal.
Webgrafía consultada y citada:
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