jueves, 25 de junio de 2026

Constitucionalismo. Tipos

          El constitucionalismo occidental, que nació del diseño teórico del liberalismo, durante el siglo XVIII, tiene diversos momentos o etapas que marcan su evolución. 

    Conceptualmente el constitucionalismo es un movimiento de carácter doctrinario que postula que el Estado debe ser un Estado de Derecho, es decir conforme a normas jurídicas que limiten el poder de los gobernantes y garanticen la soberanía del pueblo. Teóricamente su valor supremo es la dignidad humana. Tradicionalmente se admitió la división en dos etapas del constitucionalismo occidental:

        a) el constitucionalismo clásico o liberal – a lo largo del siglo XIX - y b) el constitucionalismo social – desde fines del siglo XIX hasta mediados del XX. 

    A partir de fines de la segunda guerra mundial, algunos autores hablan ya de un constitucionalismo postindustrial.

        Es preciso advertir que estas divisiones no son cortantes o definitivas sino que surgen de procesos que devinieron con el tiempo. En virtud de ello, los tres momentos no son incompatibles o contradictorios entre sí, sino complementarios y acumulativos.

           Las constituciones de la primera etapa, tienen las siguientes características: son constituciones de tipo racional normativo, para ellas es la razón del hombre la que ordena abstractamente, sin tener en cuenta las particularidades de cada comunidad y de cada Estado. Consagran los derechos individuales, la rigidez constitucional para otorgarle mayor seguridad a los derechos; el Estado es un estado gendarme o policía por lo que era sólo un sujeto pasivo cuya obligación fundamental consistía en omitir toda acción lesiva a los derechos subjetivos, son individualistas por lo que sólo se regula al hombre como individuo y es considerado como un ser libre, racional que se autodetermina. Los filósofos que dieron nacimiento teórico al constitucionalismo son el inglés John Locke y los franceses Sieyes, Rousseau y Montesquieu.

        Pero el constitucionalismo clásico entre en crisis cuando el normativismo legal-racional choca contra la realidad, expresada en las costumbres, las necesidades, las identidades regionales, el derecho espontáneo, fuerzas que superan la consideración normativa. La aparición, a lo largo del siglo XIX del obrero y el proletariado hace que las respuestas normativas abstractas del constitucionalismo clásico no respondan a las necesidades de grandes masas de personas.

        Por lo que aparece el Constitucionalismo Social, y como ya dijimos, comenzó a desarrollarse a partir de la primera Guerra Mundial. Esta guerra deja al descubierto las faltas del estado liberal, en especial respecto a las clases más humildes y desprotegidas.

            Los gobernantes comprenden que el Estado debe intervenir para mejorar las condiciones de vida de los habitantes; hay un estado intervencionista, asistente de la sociedad, en lo económico, social y cultural, por lo que se lo llama Estado de Bienestar.

        Aparecen en esa etapa, las entidades intermedias; se reconocen los derechos individuales, tanto civiles como políticos, añadiendo los derechos sociales y económicos.

        Se reconoce a la familia como célula básica del estado, a los gremios o sindicatos, etc. En Argentina esta etapa del constitucionalismo se ve expresada en la Constitución Nacional de 1949.

          Ya en la tercera etapa con el Constitucionalismo postindustrial, nos encontramos con un hombre consumista, hedonista, que busca satisfacer sus deseos a toda costa. Procura la autorrealización individual a través de la fama y la notoriedad (sólo se es alguien saliendo en los medios, principalmente en televisión), sin consideración de los “otros” y aún a costa de los demás. La sociedad aparece como pluralista, donde la riqueza y el poder son los mayores objetivos sociales. La competencia y el egoísmo extremo, que aparecen como un subproducto de la globalización, son los mayores valores sociales. El estado deja de ser intervencionista, para poner en manos de empresas multinacionales la prestación de los principales servicios de alto contenido económico, como teléfonos y demás medios de telecomunicación, energía eléctrica, transportes rentables, etc. Sólo deja en sus manos, los servicios no redituables económicamente. Es una sociedad que en su aspecto positivo, desde el punto de vista jurídico, admite nuevos derechos, como el de los consumidores, de los aborígenes, de las audiencias televisivas, el medio ambiente sano y equilibrado, a la ciencia, a la técnica, etc.

-         - Montbrun et alter. Apuntes sobre la Reforma constitucional de 1994 pp. 6-7

Actividad:

1. Leer atentamente el texto y transcribir en la carpeta personal el concepto de CONSTITUCIONALISMO.

2. Responde de manera escrita en tu carpeta personal las siguientes preguntas:

A) ¿Cuáles son las tres etapas principales del constitucionalismo que se mencionan en el texto? Escríbelas.

B) ¿Qué caracteriza al constitucionalismo clásico o liberal?

C) ¿Qué cambios introduce el constitucionalismo social?

D) ¿Qué caracteriza al constitucionalismo postindustrial?

jueves, 18 de junio de 2026

Contractualismos

       


      Cerrando la primera parte de la teoría del Estado repasamos mediante la información que nos brinda el  siguiente video las teorías contractualistas más importantes:

👉Contractualismo: Hobbes, Locke y Rousseau

 Actividades:

1. Responde de manera escrita:

A) Las posturas en torno al estado de naturaleza del ser humano son diferentes: ¿qué conceptos son comunes en el pensamiento de los tres autores citados en el video?

B) Investiga y transcribe el concepto de "Voluntad general" propuesto por Rousseau.  

domingo, 31 de mayo de 2026

El Estado Liberal


El Estado Liberal o Estado de Derecho hace referencia a un conjunto de elementos que configuran un orden jurídico-político en el cual, con el fin de garantizar los derechos de los ciudadanos, se somete la actuación de los poderes públicos y de los ciudadanos a la Constitución y a la ley; se dividen las funciones del Estado y se las encomienda a poderes separados, y por último, se reconocen expresamente unos derechos y libertades de los ciudadanos con plenas garantías jurídicas.
El Estado Liberal nació como reacción al poder absoluto del príncipe, para dar respuesta al interrogante Quis custodiet ipsos custodes?”[1] El concepto jurídico-político que sirve como antecedente inmediato del Estado Liberal es el de Estado Patrimonial o Estado Absoluto que se consolida durante la Edad Moderna en Europa Occidental (la sustantivación “absolutismo” aparece recién en el siglo XVIII como consecuencia de la evolución del constitucionalismo).
La preocupación mayor del constitucionalismo liberal, entre los siglos XVII y XVIII, fue limitar la arbitrariedad de ese poder y someterlo al Derecho. El Estado Liberal es un Estado Constitucional en el sentido garantista del término, protector de los ciudadanos frente a los abusos del poder. Ese fue el objetivo de los padres fundadores del liberalismo, desde Locke a Madison y Hamilton, autores de los “Federalist Papers” y desde Montesquieu a Benjamín Constant. Las ideas de Derecho y Estado están estrechamente ligadas y sintetizan el proceso de estatalización del Derecho y juridificación del Estado que acompaña la formación del Estado moderno.
La noción de libertad, entendida como libertad individual respecto del Estado, encuentra su punto de partida en el célebre discurso de Benjamín Constant sobre “La Libertad de los antiguos comparada con la de los modernos”. Se trata de la libertad de la que son manifestaciones concretas las libertades civiles y la libertad política (no necesariamente extendida a todos los ciudadanos). Los súbditos se transforman en ciudadanos provistos de derechos y de voz en una organización política basada en la separación de funciones de los órganos de poder y en el ejercicio de la autoridad sobre las personas conforme a disposiciones conocidas y no retroactivas. El parlamentarismo y los partidos de masa son elementos constitutivos del Estado Liberal que se construyó en Occidente en el siglo XIX. Estado mínimo en su dimensión, y por consiguiente, un Estado que “hace poco”, no distribuye bienes, no se preocupa por el bienestar de los ciudadanos, la normativa referida a su organización, ejercicio y límites de su poder, deja sin respuesta al problema del abuso de la libertad por parte de los particulares y, en consecuencia, plantea el problema de las desigualdades económicas que se producen al instituir la igualdad formal ante la ley. 

-        Liliana DE RIZ. Formas de Estado. Fragmentos. 


[1] Podría interpretarse como: ¿quién vigilará a los propios vigilantes?

Actividades:

1 Luego de la lectura del texto propuesto responde en tu carpeta personal a las siguientes consignas: 

A) ¿Por qué el texto afirma que el Estado liberal nació como una reacción al poder absoluto? 
B) Escribe los elementos constitutivos del Estado liberal.
C) ¿El poder del Estado liberal está limitado? Sí, no ¿por qué?

2. Observa el siguiente video, y con toda la información que sobre John Locke brinda el mismo, desarrolla en tu carpeta personal un cuadro sinóptico:


Biografía:
- De Riz, L. Formas de Estado S.D.E
- Tribuna constitucional. (13 DE SEPTIEMBRE DE 2022) John Locke en un minuto D1M#84 [Video de YouTube] JOHN LOCKE en un minuto - DE1M # 84 - YouTube 

jueves, 16 de abril de 2026

Estado absoluto

      ¡Hola! Continuamos nuestro estudio del Estado en general para luego abordar el caso del Estado argentino. Como ya volvimos a considerar y estudiamos hay una diferencia importante entre lo que es un Estado y lo que es una Nación.

       Lo que se denomina Estado- nación es una forma de organización que se originó en Europa y que en nuestro continente se configura a partir de diversos factores que comienzan con el proceso histórico que se denomina Conquista y colonización de América.

    Es necesario tener en claro dos tipos de Estado que son decisivos para entender a los diferentes Estados de la actualidad. Tener en claro qué suponen cada uno nos beneficiará en nuestro estudio del Estado de derecho y sus implicancias.

Actividades:

1. Observen el siguiente video:

👉¿Quién fue Thomas Hobbes? | 14 Historia del Pensamiento Político | Dibujos animados 

2. Lean de manera comprensiva el siguiente texto:  

El Estado absoluto.                                                 

         Homo homini lupus[1]
 
La condición del hombre es la de guerra de todos contra todos, en la cual cada uno está gobernado por su propia razón, no existiendo nada de lo que pueda  hacer uso que no le sirva de instrumento para proteger su vida contra sus enemigos. 
De aquí se sigue que, en semejante condición, cada hombre tiene derecho a hacer cualquier cosa, incluso en el cuerpo de los demás. 
Y por consiguiente, mientras persiste ese derecho natural de cada uno con respecto a todas las cosas, no puede haber seguridad para nadie... 
El único camino es erigir un poder común capaz de defenderlos (...) es conferir todo su poder y fortaleza a un hombre (...) (el rey)                                                                                                   
        En el Leviatán, Hobbes, justifica el absolutismo como política ideal contra los males de la sociedad, y el Estado es presentado como el instrumento que remedia el estado de naturaleza en el que el hombre se ve envuelto en una situación de guerra de todos contra todos, donde no hay lugar para la paz y la armonía. Hobbes parte de la idea que el hombre, para subsanar una situación caótica y salvaje, establece leyes para la paz y el orden mediante un pacto o contrato social, en el que el poder se otorga a un solo hombre o a una asamblea de hombres, el Estado o Leviatán, que aúna todos los poderes individuales y es soberano absoluto. El estado, por tanto, pese a ser artificial y contrario a la naturaleza humana, es considerado un mal menor, y garantiza la supervivencia y la paz entre los hombres a costa de perder autonomía y libertad individual
Aquí no se intentará definir el término liberalismo. Sin embargo, en aras de dejar sentado a qué se aludirá cuando se hable de teoría política liberal, es necesario señalar que ésta se asocia inmediatamente con una concepción limitada del poder del Estado, por una parte, y con un entendimiento del hombre como fundamento y razón de ser de éste, por la otra. Así, el liberalismo –al menos en su versión política moderna, esto es, aquella que se sostuvo entre los siglos XVII y XVIII– se puede caracterizar con los siguientes elementos: Estado artificial, derechos naturales inviolables –básicamente el derecho a la vida, a la libertad y a la propiedad–, constitucionalismo, legalidad y legitimidad.[2]
La concepción artificial o contractual del Estado alude a que éste no debe ser entendido como el resultado de una pacífica evolución histórica, sino como el producto del arte: «gracias al arte se crea ese gran Leviatán que llamamos república o Estado (en latín civitas) que no es sino un hombre artificial, aunque de mayor estatura y robustez que el natural para cuya protección y defensa fue instituido».[3] De lo anterior se pueden desprender otros dos elementos del Estado liberal: la legitimidad y los derechos naturales. El Estado es legítimo, ya que al ser un producto del arte, se entiende que en su origen se encuentra la voluntad del hombre. «Y en la política liberal la esencia de la legitimidad no es la tradición sino el consentimiento».[4] Ahora bien, si el autor del Estado es el hombre y no la naturaleza o la divinidad, la misión del Estado será la de proteger a su creador. Con lo que se entiende que éste es titular de ciertos derechos que son anteriores a la existencia del Estado. Los restantes elementos de legalidad y constitucionalismo pueden ser vistos como una garantía de que el Estado cumpla con la labor por la cual fue instituido. Así, la exigencia de que el poder sea ejercido en el marco de la legalidad, junto con el sentido propio del constitucionalismo[5],  debe excluir tanto el ejercicio del poder arbitrario, como el ejercicio arbitrario del poder legal[6].
Aunque todos los elementos anteriores, excepto el de constitucionalismo, se encuentren presentes en Leviatán, y a pesar de que allí tengan su origen algunos de ellos, la raíz de la teoría política liberal no está ubicada en la teoría de Hobbes, sino en la de Locke. Y esto debido a que el liberalismo político, independientemente de que se le atribuya un sentido positivo, neutral o negativo, se identifica necesariamente con la limitación del poder estatal. En el sistema desarrollado por Hobbes, el Estado carece de límites de cualquier índole, por lo que no existe garantía alguna de que cumpla con su misión de protección del hombre, convirtiéndose así en un verdadero monstruo político. Lo paradójico es que Hobbes asume como punto de partida para la construcción de un Estado absoluto el método del contractualismo, el cual, por su mismo sentido –sentido histórico–, debería conllevar a la limitación del poder estatal.
- Juan David Ramírez Echeverri. Thomas Hobbes y el Estado absoluto: del Estado de razón al Estado de terror. 
Notas al texto:
[1] Podría interpretarse como: “El hombre es un lobo para el hombre”
[2]    Para Merquior, los elementos centrales del liberalismo son: la libertad civil –la cual es entendida por el autor en términos individualistas como el libre disfrute de derechos adquiridos –, el Estado constitucional y la economía clásica desarrollada por Adam Smith. En este sentido, los referentes teóricos del liberalismo se encuentran en las teorías de Locke y Montesquieu: «El pensamiento protoliberal era una mezcla del contractualismo lockeano con el constitucionalismo de Montesquieu». MERQUIOR, José Guilherme. Liberalismo viejo y nuevo. 1997, p. 39.
[3] HOBBES, Thomas. Leviatán: o la materia, forma y poder de una república eclesiástica y civil. 2004, p. 3.
[4] MERQUIOR, José Guilherme. Ob. cit., p. 41
[5] En el artículo 16 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 se encuentra una buena noción de lo que significa una Constitución: «Toda sociedad en la que la garantía de los derechos no esté asegurada, ni la separación de poderes establecida, no tiene Constitución».
[6] MERQUIOR, José Guilherme. Op. cit., p. 42. 
  
  3.   Busca el significado de las siguientes palabras y transcribe los mismos a tu carpeta personal:
- Contractualismo.
- Tradición.
- Leviatán.
- Consentimiento.
- Paradoja.

  4. Escribe en tu carpeta personal las respuestas a las siguientes preguntas a partir de lo leído en el texto propuesto: 
  Según Thomas Hobbes: 
    A) ¿Cómo es el comportamiento de un ser humano en su estado natural?
      B)  ¿Qué solución propone a la guerra de todos contra todos?
      C) ¿ El Estado está limitado en su accionar? Sí,  no, ¿por qué?

Biografía:
 Conceptos Básicos (13 de mayo de 2024) ¿Quién fue Thomas Hobbes? | 14 Historia del Pensamiento Político | Dibujos animados [Video de YouTube] (78) ¿Quién fue Thomas Hobbes? | 14 Historia del Pensamiento Político | Dibujos animados - YouTube 
- Ramírez Echeverri, Juan David Thomas Hobbes y el Estado absoluto: del Estado de razón al Estado de terror. Universidad de Antioquia, Facultad de Derecho y Ciencias Políticas Edición: 2010. pp. 13- 14

jueves, 19 de marzo de 2026

Estado y Nación. Elementos del Estado

    Comenzamos este año leyendo y pensando a partir de la carta que Simone Weil escribió a una de sus estudiantes desde una fábrica. De esta manera iniciamos este espacio de Formación ética y ciudadana pensando en nosotros mismos y las relaciones sociales que establecemos, y en las múltiples posibilidades de organización que como seres humanos podemos lograr. 

    Continuamos, ahora, abordando el concepto de CIUDADANÍA y para esto es bueno recordar los siguientes puntos: 

- Somos seres sociales, juega un rol decisivo en la organización de una sociedad humana lo individual y lo común.
- Dependiendo de cómo pensemos a los seres humanos terminaremos por aceptar que una forma de organización social es mejor, o menos mala que otra.
    Comenzamos a repasar aspectos fundamentales de la FEYC: en primer lugar la diferencia que existe entre un Estado y una Nación, para luego estudiar el fenómeno de los Estados- nación, surgidos con el auge del liberalismo y de la filosofía moderna.
    Diferencias entre Nación y Estado
    Leemos el siguiente cuadro sinóptico y pensamos junto con toda la clase las diferencias que propone:

Texto I: Estado y Nación

La Nación es un conjunto de seres humanos que están unidos por una misma cultura, lengua, etnia, religión, reconocen un mismo origen y persiguen un mismo destino.
Vale aclarar que este conglomerado no hace falta sea ciento por ciento homogéneo. Lo importante es que exista la voluntad de formar parte de un todo y de compartir un destino.
Cuando la Nación se organiza política y jurídicamente se convierte en Estado. Es decir, la población que habita un territorio por una necesidad se organiza designando autoridades (gobernantes) a las que dota de poder para que elabore las normas de convivencia social (derecho).
El Estado entonces, es la suma organizada de todos sus elementos: población, territorio, poder, gobierno y derecho. Es una comunidad organizada que tiene como soporte sociológico a la Nación.
Población: conjunto de habitantes que existen en un determinado territorio. Es necesario diferenciar POBLACIÓN (que incluye a todos los habitantes) de PUEBLO (que es la parte de la población que tiene derechos políticos en sentido estricto o limitado – capacidades electorales).
La necesidad de poblar fue concebida desde antes de la sanción de la CN. En la misma constitución podemos verlo en el Preámbulo (“para todos los hombres…”), los artículos 25, 75 inc 18 y 125 que hablan de fomentar la inmigración.
Territorio: es el lugar geográfico donde habita una población determinada. Es el soporte físico de la Nación y el Estado. Delimita el ámbito espacial dentro del cual se ejerce el poder del Estado. Abarca: suelo, subsuelo, espacio aéreo, plataforma submarina, aguas jurisdiccionales e interiores.
Gobierno: órganos que por las facultades conferidas por los ciudadanos conducen el destino del país.
Poder: Nos sugiere energía, facultad, aptitud, capacidad del cual se los dota a los gobernantes cuando se organiza la Nación. El poder es capacidad de mando, y ésta es ejercida por quienes gobiernan. Hay que tener en cuenta que existe un único e indivisible poder, y lo que se divide son las funciones de gobierno y los órganos que cumplen con ellas.
Ligado al concepto de poder está el de soberanía, que es una cualidad que tiene el poder que le permite no reconocer otro por sobre él.
Derecho: es el conjunto de normas que rigen las relaciones de los hombres en la sociedad. Se lo puede considerar desde 2 puntos de vista:
- Derecho objetivo: normas que sirven para regular la relación entre los hombres de una sociedad y para ordenar el funcionamiento de los órganos de gobierno. Se caracteriza por ser coactivo, es decir que se puede utilizar la fuerza pública en caso que sea necesario.
- Derecho subjetivo: facultades que cada hombre tiene asignadas por las normas del derecho objetivo.
Finalidad del Estado
Objetivamente, consiste en obtener el bien común (status jurídico para vivir en paz y con los bienes materiales suficientes para satisfacer las necesidades) de la sociedad que lo integra. Esta actividad nunca debe darse por concluida.
Subjetivamente, teniendo en cuenta que el bien común es la máxima aspiración, no tiene el mismo significado en todas las épocas ni las sociedades. Es cambiante como las necesidades de la comunidad.
- Derecho Público (Cátedra: Geirola - 2015) | UNTREF. El estado y sus Elementos. Elaborado a partir de:https://www.altillo.com/examenes/untref/derechopublico/derepubl_res1p_2015.asp
Actividades:
1- Lee el texto de manera crítica.
2- Diferencia Estado de Nación (Escríbelo en la carpeta personal).
3- Escriba el nombre de los 5 elementos del Estado. (Solamente el nombre de cada elemento).
4- ¿En qué elemento del Estado te encuentras ubicado? ¿Por qué? Escriba tu respuesta.
5- El texto informa sobre el fin que persigue el Estado, es decir, su razón de ser. Según tu experiencia como parte de un Estado: ¿Se cumple ese fin? Escribe en la carpeta personal tu respuesta y fundamenta el porqué de la misma.
ANEXO:

domingo, 1 de marzo de 2026

¡Buen inicio de Ciclo lectivo 2026!

   Vamos a comenzar nuestro estudio del presente año con el texto de una carta de la filósofa Simone Weil a una de sus estudiantes. La carta la escribe Weil cuando comienza a trabajar en una fábrica:

                       En la fotografía la séptima obrera de la izquierda es S. Weil

    Éste es el “contacto con la vida real” del cual te había hablado. Lo conseguí gracias a un favor; uno de mis mejores compañeros conoce al administrador – delegado de la Compañía, le explicó mi deseo y el otro comprendió, lo cual denota una amplitud de espíritu realmente excepcional en esa clase de gente. En estos tiempos es casi imposible entrar en una fábrica sin certificado de trabajo, sobre todo cuando si se es, como yo, lenta, torpe y poco robusta.
    Quiero decirte enseguida –por si acaso quisieras orientar tu vida hacia un rumbo semejante- que, aunque mi felicidad- por haber llegado a trabajar en una fábrica- es muy grande, no lo es menos por el hecho de no estar encadenada a este trabajo. Simplemente, he tomado un año de vacaciones “por estudios personales”. Un hombre, si es muy listo, muy inteligente y muy robusto, puede racionalmente esperar, dado el estado actual de la industria francesa, llegar en la fábrica a un puesto en el cual le sea permitido trabajar de una manera interesante y humana; pero incluso estas posibilidades disminuyen cada día con el progreso de la racionalización. Las mujeres están confinadas en un trabajo absolutamente maquinal, que no exige otra cosa que rapidez. Cuando digo maquinal no imagines que puedes soñar en otra cosa cuando lo haces, ni mucho menos reflexionar. No, lo realmente trágico de esta situación es que el trabajo es demasiado maquinal para ofrecer material al pensamiento, y que además de ello prohíbe también cualquier tipo de pensamiento. Pensar equivale a ir menos de prisa; y hay normas de velocidad establecidas por burócratas despiadados, que hay que seguir para no ser despedido y para ganar lo suficiente (el salario es a tanto por pieza). Yo no puedo todavía con ellas, por muchas razones: la falta de hábito, mi poca habilidad natural, que es considerablemente pequeña; una cierta lentitud, también natural, en los movimientos; el dolor de cabeza y una cierta manía de pensar, de la cual no consigo desprenderme. En cuanto a las horas de descanso, teóricamente existen en grado suficiente con la jornada de 8 horas, pero prácticamente quedan absorbidas por un cansancio, que a menudo llega hasta el embrutecimiento. Si quieres completar el cuadro, añádele que se vive en la fábrica en una atmósfera de subordinación total, perpetua y humillante, siempre a las órdenes de los jefes. Claro que todo esto te hace sufrir más o menos según el carácter, la fuerza física, etc. Habría que precisar más, pero a grandes rasgos es así.
    Todo esto no impide que –aun cuando sufra- sea mucho más feliz de estar donde estoy de lo que pueda decirte. Lo he deseado desde no sé cuántos años, y no lamento el no haber llegado hasta ahora, porque sólo ahora soy capaz de sacar todo el provecho que esta experiencia supone para mí. Sobre todo, porque experimento la sensación de haber salido de un mundo de abstracciones y de encontrarme entre los hombres reales: buenos o malos, pero de una bondad o de una maldad verdaderas. La bondad sobre todo, en una fábrica, es una cosa real cuando existe; el mínimo acto de benevolencia, desde la simple sonrisa hasta el servicio prestado, exige vencer la fatiga, la obsesión del salario, todo lo que agobia e incita a replegarse sobre sí mismo. El pensar mismo pide un esfuerzo casi milagroso para elevarse por encima de las condiciones en que se vive. Ahí no ocurre como en la universidad, donde a uno le pagan por pensar o por lo menos por hacer algo semejante; ahí la tendencia es más bien a pagar por no pensar; luego, cuando se percibe un destello de inteligencia, se está seguro de no equivocarse. Fuera de esto, las máquinas en sí mismas me atraen y me interesan vivamente. Y confieso que estoy en una fábrica para informarme sobre cierto número de cuestiones muy precisas, que me preocupan y que no puedo enumerar.

- Weil, S. Carta a una alumna (1934)

 Actividades:

1. Leemos la carta de manera conjunta para poder comentarla y discutirla.

2. Investiga quién fue Simone Weil y escribe una breve biografía. No te olvides de escribir al final de la misma la bibliografía (la fuente de donde obtuviste la información).

3. Responder a las siguientes preguntas de manera individual en la carpeta de clase (las preguntas y sus respectivas respuestas tienen que estar escritas en dicha carpeta):

A) ¿Qué es lo que más te llamó la atención de lo que leíste en la carta? ¿Por qué? 

B) ¿Qué relación tiene esta carta con nuestra realidad como parte de una institución educativa? ¿O no tiene ninguna relación? Justifica tu respuesta.

ANEXO:

I. El vídeo del abrazo de Jane Goodall con una chimpancé que emocionó al mundo

II. Fragmento del apartado Concepto de Ilustración:

      La Ilustración, en el más amplio sentido de pensamiento en continuo progreso, ha perseguido desde siempre el objetivo de liberar a los hombres del miedo y constituirlos en señores. Pero la tierra enteramente ilustrada resplandece bajo el signo de una triunfal calamidad.  

- Adorno, T. Horkheimer, M. Dialéctica de la Ilustración, Editorial Trotta, 1998, pág. 59

jueves, 30 de octubre de 2025

Seguimos abordando de manera crítica las Garantías constitucionales

Sobre el Amparo colectivo. Les propongo la lectura de la siguiente noticia:

👉La urgencia ambiental es colectiva

👉 Amparo ambiental por chatarrería en Paraná: habrá una audiencia


Sobre el Habeas Data  y el derecho al secreto a las fuentes de información:

Habeas data

La Convención Nacional Constituyente de 1994 recepcionando las exigencias de la doctrina nacional y aun supliendo la omisión en que incurriera la ley declarativa de la necesidad de la reforma constitucional, consagró en el tercer párrafo del art. 43 la herramienta procesal que la Constitución dispone para afianzar la protección de los datos personales o vinculados con la propia persona del interesado.

Esta garantía tiene por objeto permitir a toda persona conocer, rectificar, actualizar, suprimir y solicitar la confidencialidad de los datos personales que consten en registros o bancos de datos públicos o privados destinados a proveer informes.

👉Preservar el derecho al secreto de las fuentes de información


Sobre el Habeas corpus. Les propongo la lectura del siguiente artículo informativo:

👉Habeas corpus


Actividad: 

1. Elabora un informe escrito con la información de los sitios en línea propuestos teniendo en cuenta las siguientes preguntas:

¿Cuál es el título de la noticia y en qué medio fue publicada?

¿De qué trata la noticia?

¿Qué personas, instituciones o lugares aparecen mencionados?

¿Qué problema o situación se presenta en la noticia?

2. Una vez que elaboraste el informe escríbelo en tu carpeta personal para entregarlo para su posterior corrección. Cuida la ortografía y legibilidad de tu letra.

Nota: pueden trabajar en grupos de no más de tres estudiantes. Todos deben tener el informe escrito en sus carpetas, quien entregue el informe por el grupo debe consignar en el margen de la hoja el apellido de cada uno de los integrantes del grupo.